La incertidumbre económica que afecta al mundo es un tema primordial para todas las personas que se han visto en una situación muy difícil debido a la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, ya que a muchos trabajadores se les ha suspendido su salario durante estos meses que dure la contingencia, sin duda algo muy injusto porque es casi imposible sobrevivir quedándose en casa sin un sueldo para sobrellevar los gastos diarios de las familias.

Pero esto no debe suceder así ya que el pago del salario es una obligación de os patrones y no debe suspenderse durante la cuarentena, todo esto respaldado por la ley federal del trabajo. De acuerdo a esta lay en el artículo 42 Bis, se establece que en caso de que las autoridades emitan una declaratoria de contingencia sanitaria que implique la suspensión de labores, se estará a lo dispuesto por el artículo 429, fracción IV de esta ley.

La fracción IV del artículo 429 dice que el patrón no requerirá aprobación o autorización del tribunal y estará obligado a pagar a sus trabajadores una indemnización equivalente a un día de salario mínimo general vigente, por cada día que dure la suspensión sin que exceda un mes.

Esta es una información importante que todos los trabajadores deben conocer y poder reclamar lo que por derecho les corresponde para poder mantenerse la cuarentena sin la suspensión de sus salarios.

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